domingo, 18 de noviembre de 2012

Tasas Promulgadas en Chile (s. XVI y XVII)


Tasa de Santillán (1557)

- Las mitas, que eran turnos de trabajo.

- Se mantuvo el servicio personal, pero se limitó la edad de los indios destinados a esas labores. Del total de indios mayores de 18 años y menores de 50, llamados “de pala”, sólo podían emplearse en las minas la sexta parte y en la agricultura y demás trabajos, la quinta parte.

- Se ordenó que los indígenas que trabajaban en labores mineras tendrían derecho a recibir el “sesmo” que correspondía a la sexta parte del oro extraído.

- Se decretó que en las minas los indios deteneros debían renovarse cada 3 meses y en los lavaderos cada 4.

-Cada indio sembrador debía recibir “para su comida en cada día, un cuartillo de trigo o maíz, sal y ají”.


Tasa de Gamboa (1580)

- La sustitución del servicio personal por un tributo en oro o especies.

- Se establece que los nativos deben cancelar un impuesto de 9 pesos anual en el obispado de Santiago. En la diócesis de la Imperial se determina que los indígenas tienen derecho a elegir entre el pago en dinero o en trabajo manual.

- Se crean los cargos de corregidores de indígenas.


Tasa de Esquilache (1622)

- Prohibió esclavizar al indígena y el préstamo o alquiler de mano de obra indígena.


Tasa de Lazo de la Vega (1635)

- Abolió el trabajo personal.

- La tributación en dinero podía ser cancelada ofreciendo su trabajo por un jornal con especies.

-Autorizó a los indígenas que hayan pagado su tributo a ofrecer su trabajo libremente.

-.-

Prácticamente ninguna de las últimas tres tasas fueron cumplidas por los encomenderos en su totalidad y siempre prevalecieron las disposiciones de la primera.

Gracias a la iniciativa de Ambrosio O'Higgins, en 1789, se puso término oficial al sistema de encomiendas. La corona española determinaría su abolición definitiva en 1791. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario